Dehesa del Monte
La
puesta en regadío de la mayor parte de los terrenos cultivables en Madrigalejo
ha dado como resultado la diversificación de su producción agrícola. Sin
embargo, hasta bien entrada la segunda mitad del siglo XX, la base de la
economía local estuvo centrada, en una parte muy significativa, en la
producción de cereal de secano. El hecho de que hubiera mayor o menor
rendimiento en cada campaña dependía, en buena medida, de los agentes meteorológicos que se hubiesen dado a lo largo del año. Pero, además, de forma cíclica, los
labradores se enfrentaban a los efectos de las dañinas plagas de langostas, lo
que suponía grandes pérdidas en su producción.
A comienzos de 1919,
existió una gran preocupación en el Consistorio madrigalejeño, porque se había
detectado un infesto de langosta en su estado de canuto en la Dehesa Boyal. Los
canutos son tubos alargados fabricados por las langostas, donde depositan sus
huevos, y cada canuto suele contener entre 25 y 30 huevos[i].
Por ello, la Corporación municipal, ante el problema que se planteaba, había
solicitado al servicio provincial de montes que los vecinos de Madrigalejo pudieran
sembrar la Dehesa Boyal, tanto la Dehesa del Monte como el Concejil. La Dehesa
Boyal, en sus dos partes, del Monte y el Concejil, estaba reservada para
aprovechamiento forestal y ganadero, y sus recursos debían estar integrados en
el Plan General de Aprovechamientos Forestales de la provincia. Al estar
dedicada la Dehesa a la exploración ganadera y del monte, siempre tenía
cobertera vegetal; por tanto, al nacer las crías de langosta, tenían alimento
en abundancia a mano para poder desarrollarse y, una vez en estado adulto,
saltarían a las tierras de cultivo, llevándose de calle toda la cosecha de
cereal. El método para evitar que se desarrollara la plaga de langostas consistía en labrar la tierra para que no tuviera vegetación alguna con la que
alimentarse las crías. Al Ayuntamiento le resultaba demasiado oneroso tener que
roturar por su cuenta la Dehesa Boyal, por eso, se propuso repartirla en lotes entre
los vecinos para que realizaran ellos la roturación, con el incentivo de que la
sembrasen en la siguiente campaña y de esta manera se beneficiaban todos.
Aquel año, el Ayuntamiento estaba regido por los señores D. Antonio Chamizo Carmona, como alcalde, y D. Antonio Hernando Ramos, D. José Pérez Regidor, D. Juan Ramos Carranza, D. Floro Arias Galán, D. Narciso Granjo Arroyo, D. Antonio Carranza Rodríguez, Jacinto Regidor Sánchez y D. Sandalio Lozano Serrano, como concejales.
Aquel año, el Ayuntamiento estaba regido por los señores D. Antonio Chamizo Carmona, como alcalde, y D. Antonio Hernando Ramos, D. José Pérez Regidor, D. Juan Ramos Carranza, D. Floro Arias Galán, D. Narciso Granjo Arroyo, D. Antonio Carranza Rodríguez, Jacinto Regidor Sánchez y D. Sandalio Lozano Serrano, como concejales.
Tras
recibir del Ayudante de Montes de la provincia el permiso para poder labrar la
Dehesa Boyal, la Corporación municipal nombró al vecino D. Vicente Pérez
Paredes, como perito práctico, para que realizara la medición de la tierra e
hiciera las particiones. Se ajustó su jornal en 7,50 pesetas diarias. La
mensura realizada por el perito D. Vicente Pérez arrojó las siguientes cifras:
Total:
2.157 fanegas o 1.388 hectáreas
Dehesa
del Monte: 1.631 fanegas o 1.050 hectáreas
Concejil:
526 fanegas o 338 hectáreas.
El
reparto de la Dehesa para su labranza se haría vecinalmente, previo pago de 10
pesetas por cada fanega, más los gastos que se originaran con la medición,
partición y distribución de lotes. Y para realizar el reparto, se nombró una
comisión, que estuvo formada por D. Vicente Pérez Paredes, como director, por
el concejal D. Antonio Hernando Ramos, como presidente, y por D. Francisco
Sierra Sánchez y D. Pedro Sánchez Nieto,
como vocales. Ante esta comisión se presentarían las alegaciones oportunas. Y para
los tres últimos miembros de la comisión, se fijó su jornal en 4 ptas. diarias.
La
división y adjudicación de lotes no fue a gusto de todos, y algunos vecinos
presentaron sus quejas ante el Consistorio. En su descargo, la comisión
presentó su defensa ante la Corporación con el siguiente escrito:
“La comisión que suscribe en virtud de la
notificación que se la ha hecho para que informe en la queja que contra la
misma han presentado al Ayuntamiento que la nombró, varios vecinos de la
localidad, lo hace en la siguiente manera: que parten de un error los
reclamantes al asegurar que no se ha verificado sorteo en los dos lotes últimos
hechos para la distribución del terreno de la Dehesa Boyal, pues si bien no se
ha verificado el acto material, ha sido porque al verificar los tres primeros
se contaba con agregar o distribuir el resto del terreno como más inferior,
casado lo inferiorismo con lo que en los primeros hubieren resultado
beneficiados, lo menos inferior o algo mejor con lo que hubiere resultado más
perjudicado; que no debió ni quería esta junta o comisión haber sorteado nada
sin haber tenido todo dividido y casado, pero teniendo en cuenta lo avanzado
del tiempo y con el fin de dar facilidad para que principiara la roturación, se
verificó el sorteo con dicho fin de lo primero, bajo la base de igualar o casar
esta comisión lo que faltaba que distribuir con lo ya distribuido, por la
premura de varios vecinos para que pudieran ir trabajando; y por último, esta
junta como sus trabajos de división los ha hecho sobre el terreno consultando
con su conciencia y sin presión alguna por parte de nadie, sino lo que la
equidad y la justicia les aconsejaba, no tiene inconveniente ninguno de los
miembros que la componen en canjear las partes a ellos correspondientes, por lo
de aquellos que se consideren más perjudicados. Madrigalejo, 20 de febrero del
1919. La comisión, Francisco Sierra, Antonio Hernando, Vicente Pérez Paredes,
Pedro Sánchez Nieto”.
El
Ayuntamiento acogió las razones dadas por la comisión, y al no encontrar
transgresión legal en su actuación, acordaron dar por bien realizada la
división y adjudicación de los lotes por la comisión y desestimaron la
reclamación.
Al ser concedida en toda su extensión la Dehesa
Boyal para labor al vecindario por el infesto del canuto de la langosta, tuvo
que sembrarse en su totalidad en la campaña 1919/1920, y su aprovechamiento
estuvo destinado, en exclusividad, para la siembra y para la rastrojera, una
vez que se hubieran levantado las mieses. Por ello, el Consistorio tuvo que
enviar una propuesta, al servicio provincial de montes, para que fuera incluida
en el Plan General de Aprovechamientos Forestales, consistente en la regulación
de la entrada de ganado mayor y lanar, tanto en la Dehesa del Monte como en el
Concejil, una vez que se hubieran levantado las mieses, según normas las
siguientes:
1º
En la parte de la Dehesa Boyal denominada “Monte”, podrán introducirse cien
cabezas de ganado mayor desde el día que sea levantada la última carga de
mieses, que no podrá exceder del veinticinco de julio del venidero año 1920
hasta el día de San Miguel o 29 de septiembre del mismo año.
2º
En la misma finca, y desde el cinco de agosto a el mismo día de San Miguel,
podrán introducirse seiscientas cabezas de ganado lanar.
3º
Pagarán por dicho disfrute el ganado mayor ciento cincuenta pesetas y el lanar
trescientas cincuenta pesetas.
4º
En la misma dehesa y parte denominada “Concejil”, podrán introducirse treinta
cabezas de ganado mayor desde el día y forma que se dice para la primera.
5º
Que, en el mismo sitio del Concejil, podrán disfrutar la rastrojera trescientas
cabezas de ganado lanar, entrando o principiando el disfrute en el tiempo y
forma que se dice respecto al mismo ganado en la parte “Monte”.
6º
Que por dicho disfrute pagarán el ganado mayor cuarenta y cinco pesetas y el
lanar ciento setenta y cinco pesetas y
7º
Que dichos aprovechamientos se entienden con la carga del ganado de labor del
vecindario.
En
la sesión del Ayuntamiento del día 9 de marzo de 1919, se expresa la
preocupación de que se aproximaba la época en que se iba a avivar el germen de
la langosta y aún no estaba la Dehesa Boyal labrada en su totalidad. Por ello
se acuerda llamar la atención a aquellos vecinos que no hubieran realizado
ninguna labor en sus lotes y que, sin demora, procedan a su roturación. Pocos
días después, se insistía en que los trabajos de roturación de la Dehesa Boyal
estaban muy atrasados y se mandaba llamar a los cabeceras de lote para
escucharles; después resolverían. Ya en el mes de abril, al no estar
solucionado el problema, se forma una comisión dentro de la Corporación para,
una vez oídos a los cabeceras de lote, acuerden el medio de distribuir lo
sobrante, es decir, la parte de quienes no habían podido labrarlo, y
concedérselo a los vecinos que pudieran y quieran labrar más, sin obligarles a
roturar aquello que no estuviera infestado por el canuto de la langosta,
pudiendo dejar sin labrar lo que no estuviera infestado, y rebajándoles el
valor de media fanega a lo acordado en la primera distribución. La comisión
estuvo constituida por D. Sandalio Lozano Serrano –1º teniente de alcalde-, D.
José Pérez Regidor, D. Antonio Hernando Ramos y D. Juan Ramos Carranza.
La
forma de roturar la tierra en aquel tiempo se realizaba con el arado tirado por
la fuerza de los animales de labor. Una vez labrado el terreno, al eclosionar los
huevos de la langosta y no tener nada de vegetación con la que alimentarse las
crías, estas no podían desarrollarse. Y de esta forma preventiva, utilizando los medios
mecánicos con los que se contaba, se luchó y se evitó en 1919 que el infesto de canutos de
langosta se convirtiera en plaga, que hubiese supuesto una gran pérdida en la
economía local.
Fuentes:
Archivo
Municipal de Madrigalejo:
(sig. 20-03)
Guadalupe
Rodríguez Cerezo.