El
rey Fernando el Católico firmó su testamento definitivo en la casa de Santa
María de Madrigalejo el 22 de enero de 1516. Este testamento aportó una gran
seguridad a los reinos hispánicos, además de afianzar las leyes de
primogenitura de la monarquía, lo que le convierte en un documento
transcendental en la Historia de España.
El documento original se encuentra recogido en el Palacio de Liria de
Madrid, en el Archivo de los Duques de Alba[1].
Es un documento extenso, de 15 hojas escritas en pergamino, muy interesante desde una perspectiva política e histórica, pero también desde el punto de vista humano. Por ello, no dudamos en compartir, de una manera resumida, su contenido:
Encabezamiento
Comienza el texto con el encabezamiento, encomendándose, en primer lugar, a “nuestro señor Ihesu Xhristo, verdadero Dios y verdadero hombre, (…) y en la Santísima Trinidat, Padre, Fijo y Spíritu Sancto…”, en quien profesa firmemente su fe.
A continuación, se presenta con su dignidad de señor temporal:
Nos, don Ferrando por la gracia de Dios Rey de Aragón, de Navarra, de las Dos Sicilias, de Hierusalém, de Valentia, de Mallorqua, de Cerdeña y de Córcega, conde de Barcelona, duque de Athenas y de Neopatria, conde de Rosellón y de Cerdaña, marqués de Oristán y de Goceano.
Como tal, manifiesta que, en plenas
facultades mentales, está preparado para presentarse ante Dios, tomando como
abogados e intercesores a Santa María Virgen, al arcángel San Gabriel, a San
Juan Bautista, San Juan Evangelista, a Santiago apóstol y a San Jorge. Revoca y
anula los testamentos y codicilos firmados anteriormente y se dispone a otorgar
sus últimas voluntades y postrero testamento.
Establece todo lo relacionado con su fallecimiento y sepultura
Tras el encabezamiento, en primer lugar, encomienda su alma a Dios Omnipotente, que la creó, y le suplica, por su infinita clemencia, que le acoja en su santa gloria. Después, establece una serie de disposiciones para todo lo relacionado con su sepultura, con las exequias, funerales, misas, obras de caridad, etc.
Así dispone que su cuerpo sea
sepultado en la Capilla Real de Granada, junto a los restos de la reina Isabel,
su muy cara y amada mujer. En caso de que no estuviera acabada la Capilla Real,
como así fue, y hasta que finalizaran las obras, establece que su cuerpo sea
depositado en el Monasterio de San Francisco de la Alhambra de Granada, donde
se halla sepultada la reina Isabel.
También dispone que las exequias,
funerales devociones y sufragios, tanto el día de su muerte y sepultura como de
otros tiempos acostumbrados, se realicen sin pompa ni vanidad de este mundo,
sino solo aquellas cosas que sean provechosas y saludables para su ánima.
Por último, manda que se distribuyan y repartan por monasterios e iglesias diez mil misas por su alma y por la de sus difuntos. Y que, el día de su sepultura y en los ocho días siguientes, se vistan a cien pobres.
Tiene
presentes a sus familiares directos, tanto vivos como difuntos
Agradece a Dios que le hubiera dado
por mujer y compañera a la reina Isabel, a quien recuerda con palabras de gran
cariño. A continuación, también tiene presentes a su hijo, el príncipe Juan,
difunto; a su hija Isabel, reina de Portugal, difunta, y al hijo de esta, el
príncipe Miguel, su nieto, también difunto; a su hija Juana, reina de Castilla,
heredera y sucesora de sus reinos tras la muerte de los anteriores, y a su
difunto marido, el rey Felipe, a los hijos de ambos: el príncipe Carlos, el
infante Fernando y las infantas Leonor, María y Catalina, sus nietos; a su hija
María, reina de Portugal, y a su hija Catalina, reina de Inglaterra.
Encarga a la reina Juana y a su hijo
el príncipe Carlos que velen por que se cumpla el testamento de la reina Isabel
y el suyo propio.
También tiene unas cariñosas palabras para la reina Germana, con la que tuvo que hacer un casamiento conveniente y en la que encontró virtud y amor. Y tampoco olvida al hijo que tuvo con ella, el príncipe Juan, que falleció después de nacer.
Señala
a sus testamentarios
Para que sea cumplido su testamento,
señala quiénes habrían de ser sus testamentarios, los ejecutores de sus últimas
voluntades, a los que también llama marmessores.
Sus testamentarios serían: la reina
Germana; el príncipe Carlos; don Alonso de Aragón, arzobispo de Zaragoza y de Valencia
e hijo natural del rey; doña Aldonza Enríquez, duquesa de Cardona y tía de don
Fernando; don Fadrique de Toledo, duque de Alba, su primo; don Ramón de
Cardona, su caballerizo mayor y virrey de Nápoles; el padre fray Tomás de
Matienzo, su confesor, y Miguel Velázquez Climent, su protonotario.
A todos ellos pide que velen por el
cumplimiento de su testamento y últimas voluntades y les concede todo poder
para utilizar sus bienes muebles y rentas para liquidar las deuda y asuntos
pendientes que aparecieren en sus libros de cuentas a la hora de su muerte. Así
mismo deberían pagar lo que fuere obligado a quienes hasta ese momento había
tenido como oficiales, criados, servidores y continuos en su casa y a su
servicio.
Como la situación económica personal del
rey no le había permitido pagar algunas deudas contraídas, siendo justo que
esas deudas se pagaran del todo, manda a sus testamentarios que investiguen qué
deudas estuvieran pagadas, libradas o pendientes de pago y que se ejecutaran lo
antes posible. Además, también establece los recursos con los que se puede
hacer frente a esas deudas.
En
descargo de su ánima
Deja el rey 3.000 ducados de oro para
la redención de cautivos cristianos en tierras de infieles y otros 3.000
ducados de oro para casar huérfanas y para pobres vergonzantes (pobres
ocultos). Estos 6.000 ducados deberían sacarse de los bienes del rey, y manda a
sus testamentarios que miren mucho que se dieran a los que más necesidad
tuvieren o estuvieren en mayor peligro.
El monarca confiesa y reconoce que, a pesar de todos los dones recibidos de Dios omnipotente, le había ofendido en muchas y diversas maneras. Por ello, con arrepentimiento de corazón, suplica al Salvador y Redentor Nuestro Señor Jesucristo quisiera tener misericordia con su ánima y, para ello, pide que tomase en cuenta, como enmienda y remisión de sus faltas y pecados, la edificación y dotación que el rey y la reina Isabel hicieron de numerosos hospitales y monasterios, enumerando cada uno de ellos.
Revisión
de los testamentos de sus familiares difuntos
Así mismo, encarga a sus testamentarios que pidan al príncipe Carlos que revise los testamentos de la reina Isabel, su abuela, y de sus hijos Isabel, reina de Portugal, y el príncipe Juan, para que, si algo faltare por cumplir de sus últimas voluntades, vele por que se cumplan. Y que también haga lo mismo con los testamentos del rey Juan y de la reina Juana, padres del rey Fernando, estableciendo que, si algo faltare por cumplir, se ejecute de sus bienes si bastare para satisfacerlo.
Lo
que deja a cada uno de sus herederos
Sus hijas María (reina de Portugal) y
Catalina (reina de Inglaterra) fueron muy bien dotadas en el tiempo de sus
casamientos, momento en el que renunciaron a cualquier derecho, parte y
legítima de los bienes de su padre, el rey Fernando. Por tanto, con la dote que
se les dio, no podían pedir ni alcanzar otra parte ni derecho en los bienes del
rey.
Lega a doña Germana, la reina viuda,
la ciudad de Zaragoza en Sicilia, con sus tierras, jurisdicción, derechos
rentas y pertenencias, además de las villas de Tárrega, Sabadell y Villagrassa,
en el principado de Cataluña. Tras realizar un largo elogio sobre su persona,
le deja 5.000 ducados de oro al año, todo ello, mientras permanezca viuda. Además,
también mientras permanezca viuda, pide a doña Germana que viva en alguna
ciudad de los reinos de Aragón, donde ella escogiere y fuese su voluntad. Si
decidiera volver a casarse, tanto la ciudad como las villas y los 5.000 ducados
anuales retornarán a los herederos y sucesores del rey. Pero sí debería seguir
recibiendo los 30.000 florines de oro por año que le corresponden por las
capitulaciones matrimoniales mientras viva.
A su hermana, la reina de Nápoles,
pide que no se le quite ni mengüe nada de lo que tiene en Nápoles. Y a su hija,
cuando se casare, que se le den 100.000 ducados corrientes; estos los recibió
ya el rey del reino de Nápoles para su dote. Y en el momento de su casamiento,
las tierras que hasta entonces disfrutaba, debían volver a los herederos y
sucesores del monarca.
A su sobrino, el duque don Fernando, que se hallaba prisión en el Castillo de Játiva, le perdona lo que hizo contra él y manda que sea liberado y que el príncipe Carlos le lleve consigo para que le pueda hacer el bien. Y en ausencia del príncipe, manda a sus testamentarios que, de sus bienes, le den para su mantenimiento lo mismo que se le estuviera dando estando en prisión.
Saldar
deudas y diversos asuntos pendientes
Que el dinero que hubiera en la
administración de la indulgencia de la Santa Cruzada en el momento de su fallecimiento,
así como lo que se debiera, sea empleado en las cosas necesarias de la
conquista de moros, enemigos de la fe católica y la defensa de las tierras ya
conquistadas de ellas.
A las personas de los oficios de su
casa a los que les quedaran deudas por pagar, que se les satisfagan, además de
la paga que debía haber de sus salarios.
Al duque de Gandía, don Juan de Borja, al que debía cierta cantidad por la compra del ducado de Sessa, ordena que sea cumplida la deuda. También manda que se devuelva al Barón de Calatafinia, en el reino de Sicilia, lo que había pagado por la compra de cierta tierra para que se deshaga el trato.
En
cuanto a las órdenes militares
Con la facultad recibida del Santo Padre, renuncia a la administración de las Órdenes Militares de Santiago, Calatrava y Alcántara, al mismo tiempo que reasigna su administración en favor del príncipe Carlos, para que las tenga como administrador perpetuo. Para ello, el protonotario debía presentarse ante el Santo Padre para que este lo confirmara y lo proveyera de título nuevo si fuera necesario.
Declara
a sus herederos y sucesores
El rey Fernando deja e instituye como
herederos del reino de Navarra a su hija Juana, reina de Castilla, y al
príncipe Carlos, su nieto, y a sus herederos y sucesores. Aclara que el reino
de Navarra le fue adjudicado a él por conquista, y que él mismo lo incorporó a
los reinos de Castilla.
También declara herederos y sucesores a la reina Juana y al príncipe Carlos de todos los reinos de Aragón, Sicilia, Jerusalén, Valencia, Mallorca, Cerdeña y Córcega, condado de Barcelona, ducados de Atenas y Neopatria, ducados de Rosellón y Cerdaña, marquesado de Oristán y condado de Gociano y en las islas adyacentes, y en las ciudades de Bugía, Lalger y Trípoli, y en la parte que le pertenecía de las Indias del mar océano. Al mismo tiempo establece la línea sucesoria de sus herederos, empezando por la reina Juana y sus hijos, prevaleciendo siempre el mayor sobre el menor y el masculino sobre el femenino. Lo mismo con sus sucesores legítimos. Si tanto la reina Juana y el príncipe Carlos muriesen sin descendencia, nombra heredera y sucesora a su hija María, reina de Portugal, y a sus descendientes legítimos, con las mismas condiciones de prevalencia. Y si esta y sus sucesores muriesen sin descendientes legítimos, nombra heredera y sucesora a su hija Catalina, reina de Inglaterra, y tras ella, a sus descendientes legítimos, siguiendo las leyes de primogenitura y de predominio del masculino sobre el femenino.
Instrucciones
para el gobierno de los reinos de la Corona de Aragón
Comienza este apartado del testamento
declarando, como padre y como rey, la incapacidad manifiesta de la reina Juana
para gobernar, regir y administrar los reinos. Por ello, deja como gobernador
general de todos sus reinos y señoríos al príncipe Carlos, encomendándole que
los gobierne, conserve, rija y administre en nombre de su madre, la reina
Juana. Y hasta que el príncipe llegare a estas tierras a hacerse cargo de las
Coronas, nombra y señala a don Alonso de Aragón, su hijo natural y arzobispo de
Zaragoza y Valencia, para que gobierne y administre los reinos de Aragón, para
lo que le confiere todo el poder necesario.
Pide al príncipe Carlos que, tras su
fallecimiento, acuda cuanto antes a hacerse cargo de la gobernación de estos
reinos ante la incapacidad de su madre de poder gobernar; al mismo tiempo que
insta a los testamentarios para que hagan lo posible para que venga el príncipe
Carlos a la mayor brevedad.
Y también ofrece al príncipe Carlos algunos consejos de gobernación para los reinos de Aragón: que no haga mudanza en el gobierno y reino, que se apoye en los naturales del lugar para su gobierno, que tenga todos los reinos en paz y justicia y que mire mucho por el bien de sus súbditos.
Instrucciones
para los reinos de la Corona de Castilla
Y como el monarca había tenido la administración
y gobernación de los reinos de Castilla, en lugar de la reina Juana, conforme
al testamento de la reina Isabel y que, a su vez, fue aprobado y confirmado en
Cortes por los procuradores del reino, y ante su próxima muerte, para proveer
de la mejor manera a dichos reinos, nombra gobernador de los reinos de
Castilla, de León, de Granada y de Navarra, etc., al príncipe Carlos, para que
los gobierne y administre en nombre de la reina Juana, su madre.
Por ausencia del príncipe Carlos y
hasta que él viniera a hacerse cargo de estos reinos, le parecía oportuno
nombrar a alguna persona de autoridad, buen celo y conciencia para la cosa
pública. Por ello, nombra y señala al Cardenal y Arzobispo de Toledo Francisco
Jiménez, para que administre, provea y gobierne los reinos de la Corona de
Castilla, en nombre del príncipe Carlos.
Además, da al príncipe los mismos consejos y encargos que le hizo con la Corona de Aragón, y a sus testamentarios vuelve a recordarlos que hagan lo posible para que acuda presto a estas tierras el príncipe Carlos.
A
su nieto el infante don Fernando
Apena mucho al rey dejar a su nieto Fernando de Aragón desprotegido, por el gran amor que le tiene. Por ello, le deja de gracia especial en su testamento una serie de ciudades y tierras en el reino de Nápoles, con todas sus fortalezas, puertos, términos y montes, además de 50.000 ducados corrientes al año hasta que el príncipe Carlos le conceda tierras y propiedades de equivalentes rentas. Encarece al príncipe para que acreciente esta cantidad.
Pago
a sus testamentarios
Por los muchos gastos que había tenido en lo que requería el estado y gobierno de tantos reinos, el monarca confiesa no tener dinero suficiente para el cumplimiento de su testamento. Por esta razón, encarga al príncipe Carlos que destine los 100.000 cuentos de maravedí que el rey recibe anualmente de las alcabalas, según lo dejó consignado la reina Isabel en su testamento, para que los testamentarios puedan cobrar por cinco años, para que hagan cumplir sus últimas voluntades.
Encarga
al príncipe que vele por la reina Germana.
Encomienda también al príncipe Carlos que cuide de la reina Germana, pues quedará por su muerte “viuda y con mucha tristeza, asflición y soledat”, que la trate como mujer suya que fue. Le encarga que vele por que sea muy acatada y servida en cualquier parte de los reinos de Aragón a donde ella quisiere estar y en las pagas de sus consignaciones.
Otras
encomiendas para el príncipe
El rey pide al príncipe que se ocupe
y preocupe de su nieto el infante don Enrique y de su primo, el duque de
Segorbe, y su hijo. También le encomienda el arzobispo de Zaragoza y Valencia,
don Alonso de Aragón, su hijo, al mismo tiempo que le aconseja que le tuviera
en cuenta, pues le iba a ser de mucha ayuda en las cosas de los reinos y estado
por ser persona de confianza y por su valía.
También le encomienda que vele por el
celo, la defensa y ensalzamiento de la Santa Fe Católica y que ayude y
favorezca la iglesia de Dios, que trabaje en destruir y extirpar la herejía de
sus reinos y señoríos, eligiendo para ello a personas y ministros buenos y de
buena vida y conciencia.
Además, le encomienda sus criados, oficiales y servidores, así como los caballeros y otros oficiales de su Consejo, Tesorería y Cancillería de los reinos de Aragón que vivieren con él hasta el tiempo de su fin, que fueran recibidos y que sirvieran en los mismos oficios en casa de la reina Juana y del príncipe Carlos, y que sean por él honrados y bien tratados.
Final
Con la fórmula protocolaria, el rey
Fernando establece que este es su “último testamento y postrera voluntad”, el
cual otorga y firma ante Miguel Velázquez Climente, su protonotario y notario
público, a quien manda que estén presentes los testigos nombrados, para que
vean que él firma el documento de su propia mano. También manda al protonotario
que no lea ni publique el contenido del testamento hasta que él haya fallecido
y que, entonces, lo abra y publique en presencia de los testamentarios que
estuviesen presentes.
Fecho fue aquesto en el lugar de
Madrigalejo, en la casa de los frayles del monasterio de Guadalupe, adonde Su
Alteza posaba, martes a XXII días del mes de enero del anyo del nascimiento de
Nuestro Señor Ihesu Christo mil quinientos y diez y seis…
Antes
de la firma, aparece que lo signa como Fernando, por la gracia de Dios rey de
(…enumera todos los reinos y señoríos), que otorga y firma con su propia mano,
con su sello lo manda sellar, con plenitud de consciencia, para que este
testamento y lo en él contenido siempre sea firme y verdadero
Yo
el Rey
Los testigos que estuvieron
presentes, que vieron y oyeron cómo el Rey firmó de su propia mano este
testamento fueron don Fadrique Enríquez, Almirante de Castilla; don Bernardo de
Rojas Sandoval, marqués de Denia; don Fadrique, obispo de Sigüenza; mosén Luis
Sánchez, tesorero general; Juan Velázquez, contador mayor; don Pedro Sánchez de
Calatayud, camarlengo, y mosén Martín Cabrero, camarero y del consejo de Su
Alteza.
Firma
de los testigos
Después, mandó que se cerrase y
sellase con su sello y no se publicase hasta después de sus días.
Firma del protonotario, Miguel Velázquez Climente.
Firma
del lugarteniente de protonotario, Alonso de Soria.
Guadalupe Rodríguez Cerezo.
BIBLIOGRAFÍA:
Facsímil
del Testamento de Fernando el Católico. Estudio y transcripción de José
Manuel Calderón. Madrid: 2013.
[1] J.M.
Calderón. Transcripción del Testamento de Fernando el Católico. Facsímil del Testamento de Fernando el
Católico. (21)